Serie · La profesión contable dominicana · Entrega 3 de 4
El espejo internacional: cómo califica la IFAC a la profesión contable dominicana
Ninguna de las siete obligaciones de miembro aparece en rezago extremo, pero seis de las siete áreas de adopción a nivel país figuran como parciales y el código de ética, como no adoptado. La educación es el punto donde la ley de 1944 más pesa.
El Instituto de Contadores Públicos Autorizados es miembro de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) desde 1978. Esa membresía no es honorífica: obliga a cumplir siete Declaraciones de Obligaciones de los Miembros (DOM), que funcionan como el estándar mínimo de una organización profesional creíble. Cada miembro presenta periódicamente un plan de acción, y la IFAC publica su evaluación. La más reciente, de abril de 2026, permite medir con precisión dónde está la profesión dominicana.
Qué se evalúa
Las siete obligaciones cubren el aseguramiento de la calidad de la auditoría (DOM 1), las Normas Internacionales de Formación (DOM 2), las Normas Internacionales de Auditoría (DOM 3), el Código de Ética del IESBA (DOM 4), las normas de contabilidad del sector público (DOM 5), la investigación y disciplina (DOM 6) y las NIIF (DOM 7). La IFAC clasifica el avance del miembro en una escala que va de "no activo" a "considera", "planifica", "ejecuta", "revisa y mejora" y "sostiene".
El gráfico muestra un perfil de avance real pero incompleto. El Instituto está en fase de ejecución en calidad, formación, auditoría y disciplina; revisa y mejora en NIIF; y sostiene su apoyo a las normas del sector público. La excepción es el código de ética, que permanece en fase de planificación.
La adopción a nivel país
La IFAC distingue entre lo que hace el miembro y lo que efectivamente rige en el país. En este segundo plano, que depende también de leyes y reguladores ajenos al Instituto, el cuadro es más exigente.
| Área | Estado a nivel país | Motivo principal |
|---|---|---|
| Aseguramiento de calidad | Parcialmente adoptado | No hay un sistema único que cubra todas las auditorías obligatorias |
| Normas de formación | Parcialmente adoptado | Solo se ha incorporado una parte de los requisitos; el Instituto no controla la formación inicial |
| Normas de auditoría | Parcialmente adoptado | No consta qué normas exigen las superintendencias de Bancos, Pensiones y Seguros |
| Código de ética | No adoptado | El código vigente se basa en la versión de 2009, anterior a la reforma de 2018 |
| Sector público | Parcialmente adoptado | Rige la edición de 2017 de las NICSP, no la vigente |
| Investigación y disciplina | Parcialmente adoptado | No se ha demostrado la alineación plena con la DOM 6 |
| NIIF | Parcialmente adoptado | No se exigen a todas las entidades de interés público |
Educación: donde la ley de 1944 más pesa
Las Normas Internacionales de Formación describen un recorrido completo: requisitos de ingreso a la formación profesional, competencias técnicas y habilidades profesionales, valores y escepticismo, experiencia práctica supervisada, una evaluación final de competencia y, después, educación continua durante toda la carrera. Existe incluso una norma específica, la IES 8, para los socios responsables de auditorías.
En la República Dominicana solo el último eslabón está bajo control directo del Instituto. Desde 2014 exige educación continua alineada con la IES 7, ofrece certificaciones en NIIF, NIIF para PYMES y NIA, y ha firmado acuerdos con universidades para promover la incorporación de las normas en los planes de estudio. Pero la IFAC constata que el Instituto tiene autoridad limitada para trasladar esas normas a los requisitos nacionales: el título universitario y la afiliación son las condiciones principales de entrada, las universidades deciden sus currículos y no existe una evaluación final de competencia antes del ejercicio. El propio Instituto ha propuesto reformar la Ley 633 y el Decreto 2032 para obtener esa facultad. La recomendación de la IFAC apunta en la misma dirección: fortalecer el enfoque por competencias, el escepticismo profesional y las habilidades digitales, y comprometer a universidades y autoridades en una adopción de alcance nacional.
Ética y supervisión: las otras dos alertas
El código de ética es la única área calificada como no adoptada. La versión en uso toma como base el código internacional de 2009, cuando el vigente fue reestructurado en 2018 e incorpora normas de independencia más estrictas. Según la IFAC, un comité del Instituto evalúa si adoptar el código internacional por referencia o converger el código nacional, y la recomendación es fijar un calendario claro. Es, probablemente, la brecha que menos depende del Congreso y más de una decisión interna.
En supervisión, el país no cuenta con un órgano independiente de vigilancia de la auditoría. El sistema de control de calidad del Instituto se volvió obligatorio en 2022 y la Superintendencia de Bancos exige desde 2023 las normas internacionales de gestión de calidad a las firmas de su registro, pero la IFAC no encuentra evidencia pública de que exista un sistema único, operativo y completo para todas las auditorías obligatorias.
El espejo internacional, en suma, devuelve una imagen de esfuerzo sostenido dentro de un marco legal que limita su alcance. La cuarta y última entrega se ocupará de lo que podría hacerse para cerrar esas brechas.
Fuentes: IFAC, perfil del miembro ICPARD y perfil de país República Dominicana, ambos actualizados en abril de 2026, ifac.org; IFAC, metodología de evaluación de las DOM, ifac.org; IFAC, IES 8, education.ifac.org; Banco Mundial, informes ROSC de contabilidad y auditoría de la República Dominicana (2004 y actualización de 2009).
